Próximos eventos
Para presentar una denuncia o reclamación sin asesoramiento previo, puede realizarlo de las siguientes formas:
Si es consumidor y desea información personalizada sobre sus derechos debe solicitar cita previa. Debe facilitarnos su teléfono de contacto, recibirá una llamada para proporcionarle el asesoramiento por vía telefónica, sin necesidad de desplazarse a las oficinas municipales.
Para pedir cita previa:
Propicia, a través de la mediación entre el consumidor y la empresa, la resolución voluntaria de conflictos en materia de consumo.
Si no logra el acuerdo entre las partes para la solución del conflicto, remite la reclamación, si el reclamante lo solicita expresamente, a la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid.
Ofrece información en materia de consumo, cuando así se solicita.
Dirige a los Servicios de Inspección de consumo las denuncias de los consumidores y aquellas reclamaciones en las que se detecten posibles infracciones en materia de consumo.
Podrán acceder a los servicios de la OMIC las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
Son también consumidores a efectos de esta norma las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.
Los temas sobre los que trata la OMIC son los siguientes:
Fundamento legal Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.